- Certificado de Defunción: documento oficial que acredita el fallecimiento de una persona
- Declaración de fallecimiento: resolución judicial mediante la cual se tiene por fallecida a una persona.
- Certificado de últimas voluntades: permite a los familiares de un fallecido conocer si este ha hecho o no un testamento.
- Certificado de seguros de vida (No imprescindible pero altamente aconsejable): acredita los contratos vigentes en los que una persona fallecida aparece como asegurado.
- Testamento: acto jurídico por el cual una persona estipula quien o quienes serán las personas que podrán disponer de todos sus bienes al momento de su muerte.
- Declaración de Herederos (En el caso de que el certificado de últimas voluntades acredite que el difunto no otorgó testamento): quiénes son los llamados a heredar los bienes, derechos y obligaciones de un difunto.
Los certificados se deberán solicitar en el Ministerio de Justicia. Los trámites se pueden realizar físicamente o por internet; físicamente en las oficinas del Ministerio o por internet accediendo a su página web. A continuación detallamos la web, donde pinchando podréis acceder a ella: https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/tramites
Si siguen teniendo dudas de todo lo que necesitan para completar la documentación para tramitar una herencia, en Mustieles Abogados estaremos encantados de atenderles.
Nos pueden enviar un formulario, o bien también nos pueden contactar por teléfono 962087101 o email clientes@mustielesabogados.es .
Les invitamos a seguir nuestras publicaciones con información de interés para temas relacionados con herencias, testamentos y sucesiones, entre otros.