La respuesta ya no es la misma que hace unos meses
La ocupación ilegal de viviendas sigue siendo una de las mayores preocupaciones para muchos propietarios. Además de perder la posesión de su inmueble, una de las preguntas que más se repite en nuestro despacho es:
¿Puedo dar de baja la luz o el agua si han ocupado mi vivienda?
La respuesta, a día de hoy, no es la misma si hablamos de un okupa que si hablamos de un inquilino con contrato.
Y esta diferencia es fundamental.
No es lo mismo un okupa que un inquilino moroso
Con frecuencia ambos conceptos se confunden, pero jurídicamente son situaciones completamente distintas.
Por un lado, está quien entra en una vivienda sin ningún título que legitime su posesión, es decir, un okupa.
Por otro, está el inquilino que firmó un contrato de arrendamiento válido, pero posteriormente deja de pagar la renta o continúa ocupando la vivienda una vez finalizado el contrato.
Aunque el propietario quiera recuperar su inmueble en ambos casos, la forma de actuar es muy diferente.
En caso de ocupación ilegal, la situación ha cambiado
Las últimas modificaciones normativas y la evolución de la jurisprudencia han supuesto un cambio importante.
Cuando una persona ocupa una vivienda sin contrato y sin ningún derecho para permanecer en ella, el propietario puede encontrarse en una situación distinta respecto a los suministros de luz, agua o gas.
En determinados supuestos, la baja o interrupción de estos suministros ya no se considera automáticamente un delito de coacciones, como durante años se había interpretado en muchos procedimientos.
Eso sí, cada caso debe analizarse de forma individual, ya que pueden concurrir circunstancias que aconsejen actuar de una determinada manera.
Con un inquilino moroso ocurre justo lo contrario
Aquí la situación cambia completamente.
Si existe un contrato de arrendamiento, aunque el inquilino lleve meses sin pagar el alquiler, el propietario no puede cortar la luz, el agua o el gas como medida de presión para que abandone la vivienda.
Hacerlo podría generar importantes consecuencias jurídicas y complicar incluso el procedimiento de desahucio.
La forma correcta de actuar pasa por iniciar las acciones legales correspondientes y seguir el procedimiento previsto por la ley.
Intentar resolver el problema «por la vía rápida» puede terminar perjudicando al propio propietario.
Cada situación requiere una estrategia distinta
En nuestro despacho recibimos con frecuencia consultas de propietarios que desconocen esta diferencia.
Algunos creen que pueden actuar igual frente a cualquier ocupante.
Y otros, por miedo a cometer un error, no ejercitan derechos que la normativa actual sí les permite.
Por eso es tan importante analizar previamente cada caso:
- ¿Existe contrato de arrendamiento?
- ¿Ha finalizado el contrato?
- ¿Se trata de una ocupación ilegal?
- ¿Qué procedimiento debe iniciarse?
- ¿Qué actuaciones pueden realizarse sin asumir riesgos?
La respuesta nunca debe ser la misma para todos los supuestos.
La importancia de un buen asesoramiento jurídico
En Mustieles Abogados llevamos más de 20 años asesorando a propietarios en procedimientos de desahucio, ocupación ilegal, impago de alquileres y recuperación de inmuebles.
Cada actuación debe planificarse correctamente desde el primer momento. Una decisión equivocada puede retrasar el procedimiento o generar problemas que podrían haberse evitado.
Si su vivienda o local está ocupado o su inquilino ha dejado de pagar y no abandona el inmueble, consulte antes de actuar.
Porque en materia de desahucios y ocupación, no todas las situaciones son iguales y la estrategia jurídica adecuada puede marcar la diferencia entre recuperar rápidamente su propiedad o complicar innecesariamente el procedimiento.
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