Qué es el usufructo viudal
Como abogados para herencias en Valencia sabemos que en estos casos a veces es imprescindible la mediación de un especialista en derecho de sucesiones para evitar que los derechos de uno o varios herederos se vean socavados. Para arrojar un poco de luz en este tema, hoy nos vamos a centrar en la figura del viudo o viuda.
En caso de no existir un testamento que marque cómo quería el difunto que se repartiesen los bienes, la familia tendrá que atender a lo marcado por las leyes. En este caso una de las figuras que sale peor parada es del cónyuge. A este solo le corresponderá el derecho de usufructo sobre una parte de los bienes que dependerá del tipo de herederos con los que concurra a la herencia.
El usufructo es un derecho real en el que la persona usufructuaria podrá disfrutar de un bien, pero no será poseedora del mismo. El usufructo viudal que se produce ante la falta de testamento se da de por vida y sobre una fracción determinada de la herencia. Este, si se llega a un acuerdo entre el resto de herederos y el viudo, podrá ser abonado a través de un cantidad de dinero, una pensión u otro tipo de oferta.
Como abogados para herencias en Valencia siempre recordamos que en caso de no existir un testamento al viudo le corresponderá un tercio de la herencia en usufructo en caso de existir hijos o descendientes. En el caso de que no existan hijos o descendientes pero si haya ascendientes al viudo le corresponderá en usufructo la mitad de la herencia. Por último, si no existen ni ascendientes ni descendientes el usufructo será de dos tercios de la herencia.
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