Ignorarla puede tener consecuencias
Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, los MASC (Medios Adecuados de Solución de Controversias) han adquirido una importancia fundamental en los conflictos civiles y mercantiles.
En muchos procedimientos, intentar previamente una negociación mediante un MASC se ha convertido en requisito de procedibilidad antes de presentar una demanda. Entre las fórmulas admitidas se encuentran la mediación, la conciliación, la negociación entre las partes o sus abogados y la oferta vinculante confidencial, entre otras. (BOE)
Pero esta nueva realidad jurídica afecta tanto a quien quiere reclamar como a quien recibe una invitación para negociar.
Si recibe una comunicación proponiéndole una mediación o cualquier otro MASC, no debería ignorarla. Contestar, acudir y afrontar correctamente esa negociación puede ser muy importante si finalmente el conflicto termina ante los tribunales.
Recibir un MASC no significa que tenga que aceptar lo que le reclaman
Este punto es esencial.
Recibir una invitación a una mediación no significa reconocer una deuda, admitir los hechos ni estar obligado a alcanzar un acuerdo.
La finalidad del MASC es intentar que las partes encuentren una solución extrajudicial al conflicto. La propia Ley Orgánica 1/2025 define estos medios como una actividad negociadora a la que las partes acuden de buena fe para tratar de solucionar la controversia. (BOE)
Por tanto, puede acudir a una mediación, exponer su posición, rechazar total o parcialmente la reclamación y finalizar el procedimiento sin acuerdo.
Lo importante es no confundir negociar con ceder.
¿Qué ocurre si ignora una invitación a mediación?
La normativa permite dejar constancia de que una de las partes no compareció o rechazó participar en la negociación, así como de la forma en que fue citada y de la recepción de la comunicación. Además, si transcurren 30 días naturales desde que se recibe la solicitud inicial sin que exista reunión, contacto negociador o respuesta escrita, el proceso puede considerarse terminado sin acuerdo. (BOE)
En el caso concreto de la mediación, la Ley 5/2012 establece que la inasistencia injustificada a la sesión inicial supone que esa parte rehúsa la mediación, y permite que quede constancia de quién no asistió. (BOE)
Por eso, guardar silencio pensando que así «el problema desaparecerá» puede ser una mala estrategia.
No responder puede tener consecuencias posteriores en las costas
Este es uno de los aspectos más importantes de la nueva regulación.
La conducta de las partes durante la negociación previa puede ser valorada posteriormente por el tribunal a efectos de las costas judiciales.
La Ley Orgánica 1/2025 introduce expresamente la posibilidad de valorar la colaboración de las partes en los MASC y contempla consecuencias cuando una parte rehúsa injustificadamente participar en un medio adecuado de solución de controversias. Incluso la Ley de Enjuiciamiento Civil considera determinadas negativas previas a negociar a efectos de apreciar mala fe o abuso del servicio público de Justicia. (BOE)
Por tanto, aunque no exista obligación de alcanzar un acuerdo, sí puede resultar jurídicamente relevante demostrar que se atendió la invitación y se actuó de buena fe.
«No estoy de acuerdo con la reclamación, así que no voy»
Precisamente si no está de acuerdo, puede ser todavía más importante responder.
Imagine que una empresa recibe una invitación a mediación porque un proveedor le reclama 25.000 euros.
La empresa considera que la cantidad no es correcta porque parte del trabajo contratado se ejecutó defectuosamente.
Ignorar la mediación no permite explicar nada de esto.
En cambio, participar adecuadamente permite dejar clara su posición negociadora, analizar la documentación y estudiar si existe alguna posibilidad de solucionar el conflicto sin iniciar un procedimiento judicial.
Y si finalmente no hay acuerdo, cada parte conservará la posibilidad de defender sus derechos ante los tribunales.
¿Qué debe hacer si recibe una invitación a un MASC?
Lo recomendable es no contestar precipitadamente por su cuenta, especialmente cuando la reclamación tiene una cuantía importante o puede terminar judicializada.
Antes de responder conviene analizar qué se reclama, comprobar los plazos, revisar contratos, facturas, correos electrónicos y demás documentación, y determinar cuál debe ser la posición jurídica durante la negociación.
Una respuesta aparentemente inocente puede contener afirmaciones que posteriormente resulten inconvenientes para la defensa del asunto.
Por ello, recibir un MASC debe tratarse con una seriedad similar a la de recibir una reclamación formal.
La mediación también puede evitar un procedimiento judicial
No debemos contemplar los MASC únicamente como un trámite que hay que superar antes de demandar.
Una negociación bien planteada puede permitir alcanzar acuerdos que ahorren a ambas partes tiempo, costes e incertidumbre.
Y alcanzar un acuerdo no tiene por qué significar que una parte acepte íntegramente las pretensiones de la otra. Puede negociarse la cantidad, los plazos de pago, determinadas obligaciones contractuales o cualquier otra solución jurídicamente posible.
La legislación permite, además, alcanzar acuerdos totales o parciales, de manera que únicamente lleguen a los tribunales aquellos aspectos sobre los que realmente continúa existiendo controversia. (BOE)
Si recibe una invitación a mediación, no la guarde en un cajón
La implantación de los MASC ha cambiado la forma de afrontar numerosos conflictos civiles y mercantiles.
No responder, no acudir o ignorar una invitación a mediación puede ser una decisión con consecuencias posteriores.
En Mustieles Abogados recomendamos que cualquier empresa o particular que reciba una solicitud de MASC la ponga cuanto antes en conocimiento de un abogado para estudiar la reclamación, determinar cómo debe responder y preparar adecuadamente la negociación.
Además, el despacho cuenta con mediador acreditado en asuntos civiles y mercantiles, lo que nos permite conocer este procedimiento tanto desde la perspectiva de la negociación como desde la posterior estrategia procesal.
Acudir a una mediación no significa dar la razón a la otra parte. Significa defender correctamente su posición, negociar de buena fe y evitar que una falta de respuesta pueda perjudicarle si el conflicto termina en los tribunales.
Si precisase ayuda con un tema similar, se puede poner en contacto con nosotros enviándonos un formulario, o bien también nos puede contactar por teléfono 962087101 , Whatsapp 696904835 o email clientes@mustielesabogados.es .

