En Mustieles Abogados hemos obtenido una nueva sentencia estimatoria en un procedimiento de desahucio, logrando que nuestros clientes recuperaran la posesión de una vivienda frente a una ocupante que se oponía al lanzamiento alegando la existencia de un supuesto contrato verbal de arrendamiento años atrás.
Este tipo de procedimientos son cada vez más frecuentes y ponen de manifiesto la importancia de preparar correctamente la estrategia procesal desde el primer momento.
El problema: una ocupante afirmaba tener un contrato verbal
Nuestros clientes habían adquirido la vivienda y solicitaron judicialmente el desahucio de la persona que continuaba ocupándola.
La demandada se opuso alegando que existía un contrato verbal de arrendamiento desde el año 2015, que dicho contrato se había ido prorrogando con el paso del tiempo y que nunca había podido pagar la renta porque, según afirmaba, no se le había facilitado una cuenta bancaria donde realizar los ingresos.
Además, intentó cuestionar el procedimiento alegando que no se había cumplido correctamente el requisito previo de negociación exigido por la Ley Orgánica 1/2025.
La estrategia: acreditar correctamente el procedimiento previo y desmontar la supuesta existencia del contrato
Desde Mustieles Abogados planteamos la defensa desde dos perspectivas.
Por un lado, acreditamos que el requisito de procedibilidad previsto en la nueva normativa se había cumplido correctamente mediante los requerimientos enviados con carácter previo al procedimiento judicial.
Por otro, centramos la defensa en la verdadera cuestión del litigio:
¿Existía realmente un contrato verbal de arrendamiento que permitiera a la ocupante permanecer en la vivienda?
La respuesta era clara.
Quien afirma la existencia de un contrato verbal debe poder demostrarlo.
Y en este procedimiento no existía prueba suficiente que acreditara:
- La celebración del supuesto contrato.
- Sus condiciones.
- Las supuestas prórrogas.
- Ni el pago efectivo de las rentas.
El Juzgado dio la razón a Mustieles Abogados
La sentencia rechazó íntegramente las alegaciones formuladas por la parte demandada.
El Juzgado consideró correctamente cumplido el requisito previo de negociación mediante los burofaxes remitidos antes de presentar la demanda y recordó que la finalidad de este trámite debe analizarse atendiendo a la naturaleza real del conflicto.
Asimismo, concluyó que la ocupante no había conseguido acreditar la existencia de un contrato verbal válido que justificara su permanencia en la vivienda.
La resolución también descartó que un auto dictado años antes dentro de un procedimiento de ejecución hipotecaria impidiera resolver el asunto, al no producir efectos de cosa juzgada sobre la existencia del supuesto contrato de arrendamiento.
El resultado: recuperación de la vivienda y condena económica
La sentencia estimó íntegramente la demanda presentada por Mustieles Abogados.
Como consecuencia:
- Se acordó el desalojo de la vivienda.
- Se mantuvo la fecha prevista para el lanzamiento.
- La demandada fue condenada al pago de 5.500 euros, más las cantidades que continuaran devengándose hasta la entrega efectiva del inmueble, a razón de 500 euros mensuales.
- Además, fue condenada al pago de las costas del procedimiento.
La importancia de actuar con una estrategia jurídica adecuada
Este caso demuestra que la simple permanencia durante años en una vivienda no convierte automáticamente a una persona en arrendataria.
Cuando se alega la existencia de un contrato verbal, corresponde a quien lo invoca acreditar suficientemente su existencia, sus condiciones y su vigencia.
En Mustieles Abogados llevamos más de 20 años defendiendo a propietarios en procedimientos de desahucio, ocupación e impago de rentas, preparando cada asunto desde una estrategia procesal sólida y adaptada a la normativa vigente.
Porque en procedimientos como este, una correcta preparación de la demanda y del procedimiento previo puede marcar la diferencia entre recuperar la vivienda… o prolongar el conflicto durante años.
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