| Acceso a la información y convocatoria de Junta
En muchas sociedades existe una figura que genera bastantes dudas en la práctica: los administradores mancomunados.
Y una de las preguntas más habituales es:
¿Cómo se convoca una Junta cuando hay administradores mancomunados?
¿Y qué pasa con el acceso a la información de la empresa?
Vamos a verlo de forma clara.
¿Qué significa ser administrador mancomunado?
Cuando una sociedad tiene administradores mancomunados, esto implica que:
- Deben actuar conjuntamente
- Las decisiones relevantes requieren la intervención de ambos
- No puede actuar uno solo por su cuenta (salvo casos muy concretos)
Esto afecta directamente a la gestión diaria… y también a cuestiones formales como la convocatoria de Juntas.
Convocatoria de Junta: tienen que actuar los dos
En este tipo de sociedades, la regla es clara:
La Junta General debe ser convocada por ambos administradores mancomunados.
Esto significa que:
- No puede convocarla uno solo de forma unilateral
- Debe existir actuación conjunta
- Si uno bloquea la convocatoria, puede generarse un problema societario serio
Aquí es donde empiezan muchos conflictos entre socios y administradores.
El derecho de información del socio: hay que pasar por la Junta
Cuando un socio quiere acceder a información de la empresa (cuentas, contratos, números, situación económica, etc.), el procedimiento habitual es:
- Solicitar a los administradores la convocatoria de Junta
- Incluir en el orden del día el acceso a esa información
- Que dicha información se facilite en el momento de la Junta
Es decir, el socio no puede exigir directamente toda la documentación sin seguir este cauce, salvo supuestos muy concretos.
Diferencia clave: el administrador sí tiene acceso directo
Aquí está el punto importante que muchos desconocen.
Un administrador mancomunado, a diferencia del socio, sí tiene derecho a acceder a la información de la empresa de forma directa y sin necesidad de convocar una Junta.
¿Por qué?
Porque:
- Tiene responsabilidad en la gestión de la sociedad
- Debe poder actuar con diligencia
- Necesita conocer la situación real de la empresa en todo momento
Por tanto:
Un administrador puede solicitar documentación al otro administrador mancomunado de forma inmediata, sin pasar por Junta.
¿Qué ocurre si no se facilita esa información?
Si un administrador mancomunado no recibe la información necesaria:
- No puede ejercer correctamente su cargo
- Se puede estar limitando su función
- Pueden derivarse responsabilidades
Y además, puede ser un indicio claro de conflicto interno dentro de la sociedad.
Un foco habitual de conflictos entre socios
En la práctica, este tipo de situaciones suelen aparecer cuando:
- Hay desconfianza entre administradores
- Existen discrepancias en la gestión
- Uno de ellos intenta bloquear información
- Hay tensiones entre socios
Y si no se gestiona correctamente, puede acabar en:
- Impugnación de acuerdos
- Acciones judiciales
- Bloqueo de la sociedad
La importancia de actuar con asesoramiento
Aunque las reglas puedan parecer claras, cada caso tiene matices importantes:
- Qué dicen los estatutos
- Cómo está configurado el órgano de administración
- Qué tipo de información se solicita
- En qué contexto se produce el conflicto
En Mustieles Abogados asesoramos a socios y administradores en este tipo de situaciones, analizando cada caso y planteando la mejor estrategia para evitar bloqueos y proteger los intereses del cliente.
Porque en sociedades con administradores mancomunados,
la información no es un privilegio: es una obligación para poder gestionar correctamente.
Se puede poner en contacto con nosotros enviándonos un formulario, o bien también nos puede contactar por teléfono 962087101 , Whatsapp 696904835 o email clientes@mustielesabogados.es .

