NOVEDADES EN LA REFORMA CONCURSAL EMPRESAS MENOS DE 10 TRABAJADORES

reforma concursal para las empresas de menos de 10 trabajadores

La aprobación definitiva de la nueva reforma se ha hecho esperar, pero por fin el pasado 25 de agosto vio la luz. Como novedades en la Reforma Concusal para las empresas de menos de 10 trabajadores que ampara la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, encontramos las que les comentamos a continuación. **Reforma concursal menos de 10 trabajadores 

Detalle de algunas de las novedades en la Reforma Concursal para empresas con menos de 10 trabajadores

La reforma se centra en las limitaciones del sistema de insolvencia español, que se agrupan en cuatro bloques:

1) Instrumentos preconcursales.

2) Recurso tardío al concurso.

3) Excesiva duración de los concursos, que además terminan casi siempre en liquidación.

4) Escaso uso de la segunda oportunidad.

También se añade un procedimiento especial para microempresas, un mecanismo “de insolvencia único y especialmente adaptado” a las necesidades de estas empresas “caracterizado por una simplificación procesal máxima”. A efectos de la reforma concursal se entiende que son microempresas las que empleen a menos de 10 trabajadores y tengan un volumen de negocio anual inferior a 700.000 euros o un pasivo inferior a 350.000 euros. Para estas compañías, su procedimiento especial aglutina los actuales procesos preconcursales y concursales, de modo que ellas no podrán acceder a los planes de reestructuración.

En cuanto a la votación de los acreedores involucrados, se entenderá que el acreedor que no emite voto alguno lo hace a favor del plan, buscando con ello incentivar la participación de los acreedores en estos procesos.

Para facilitar los trámites, se prevé el uso de una plataforma de liquidaciones, en caso de liquidación, cuyo desarrollo se encomienda al Ministerio de Justicia y debería estar en funcionamiento en 6 meses. Debido a esto, se vincula la aplicación del procedimiento especial a que efectivamente se encuentre dicha plataforma en marcha.
 
Respecto a los gastos ocasionados en un concurso, si el deudor-microempresa fuera persona natural, se le reconoce expresamente el derecho a la asistencia jurídica gratuita, para todos los trámites del procedimiento especial. Hay que tener presente que la Ley Orgánica 7/2022 (LA LEY 17157/2022) atribuye competencia para conocer de estos procedimientos a los jueces mercantiles.

En el blog de Mustieles Abogados, C.B. , iremos tratando diferentes aspectos para intentar aclarar, en la medida de lo posible, las diferentes novedades.

También nos pueden contactar si se encuentran en una situación de inestabilidad empresarial. Les resolvemos sus dudas y les damos las opciones más óptimas. Se pueden poner en contacto con nosotros enviándonos un formulario, o bien también nos pueden contactar por teléfono 962087101 , Whatsapp 696904835 o email clientes@mustielesabogados.es .  

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